¿Debo notificar una enfermedad laboral al Ministerio de Trabajo? Reporte de enfermedades laborales
Las enfermedades laborales deben ser notificadas al Ministerio del Trabajo

El artículo 14 del decreto 472 de 2015, el cual se encuentra actualmente inmerso dentro del artículo 2.2.4.1.7 del decreto 1072 de 2015 indica «Los empleadores reportarán los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad, independientemente del reporte que deben realizar a las Administradoras de Riesgos Laborales y Empresas Promotoras de Salud»
La resolución 156 de 2005 reglamenta la adopción de los formatos de informe de accidente de Trabajo (FURAT) y enfermedad Laboral (FUREL) y en su artículo 3, modificado por la resolución 2851 de 2015 indica como obligaciones de los empleadores y contratantes las siguientes:
“Artículo 3°. Obligación de los empleadores y contratantes. De conformidad con el literal e) del artículo 21 y el artículo 62 del Decreto-ley 1295 de 1994, los artículos 2.2.4.2.2.1, 2.2.4.1.6 y 2.2.4.1.7. del Decreto número 1072 de 2015, el empleador o contratante deberá notificar a la entidad promotora de salud a la que se encuentre afiliado el trabajador, a la correspondiente administradora de riesgos laborales y a la respectiva Dirección Territorial u Oficina Especial del Ministerio del Trabajo donde hayan sucedido los hechos sobre la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad laboral. Copia del informe deberá suministrarse al trabajador y cuando sea el caso, a la institución prestadora de servicios de salud que atienda dichos eventos.”
En resumidas cuentas…
Teniendo en cuenta lo anterior y tomando como referencia un concepto técnico emitido por el Ministerio de Trabajo el 31 de agosto de 2016, se concluye que toda enfermedad laboral debe ser notificada en los dos días siguientes a la recepción del documento de calificación y estructuración de la enfermedad, a la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo del departamento donde se generó dicha confirmación. De igual manera se debe hacer este procedimiento ante la ocurrencia de accidentes laborales graves o mortales, adjuntando el concepto de la ARL y la investigación del mismo.


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